El Tribunal Supremo confirma la aplicación de la ‘doctrina Parot’ para el asesino de la niña Olga Sangrador

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Supremo ha dictado la sentencia número 155/2013 por la que confirma la decisión de la Audiencia de Valladolid de mantener en prisión hasta el año 2025 al hombre condenado por el asesinato, rapto y violación de la menor de 9 años de edad Olga Sangrador en 1992 en Villalón de Campos (Valladolid).

La Sala de lo Penal del TS considera de aplicación en este caso la aplicación de la doctrina emanada de la Sentencia del Tribunal Constitucional número 57/2008, más conocida como ‘doctrina Parot’. Dicha doctrina establece que los beneficios penitenciarios no se descuentan del límite máximo de cumplimiento efectivo -30 años de cárcel-, sino del total de las penas impuestas.

De este modo, el Supremo rechaza el recurso del asesino de Sangrador contra el auto de la Audiencia Provincial de Valladolid por el que el 24 de febrero de 2012 acordó fijar como fecha de licenciamiento definitivo del penado Juan Manuel Valentín Tejero, el día 11 de julio de 2025.

La sentencia, fechada el 21 de febrero de 2013, ha tenido como ponente al magistrado Juan Saavedra en el recurso de casación número 10352/2012 P.

Se adjunta la sentencia.

Nota: Este artículo ha sido elaborado por Comunicación del Poder Judicial a los efectos informativos y carece de vinculación con la setencia.