El Supremo declara vulnerado el derecho al honor y la intimidad de un menor por la inclusión de datos personales en una noticia sobre una "okupación"

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de casación presentado por una mujer, en nombre de su hijo, y ha condenado a Europa Press Noticias SA, al Grupo Editorial Rey Sol y al editor Agustín Pery a pagar al menor una indemnización de 10.000 euros por daños morales.

La sentencia afirma que la información sobre la “okupación” de la casa, con la intervención de la policía y los funcionarios judiciales, tiene un cierto interés público. Sin embargo, mantiene que no puede otorgarse la misma relevancia pública a los datos que se han incluido dentro del reportaje sobre los resultados de unas pruebas de ADN "al afectar al ámbito más reservado de una persona, como son sus relaciones familiares y su filiación, más aún cuando estas materias están siendo objeto de un procedimiento judicial".

Aunque no se publicó ninguna foto del menor y tampoco se dio su nombre, según la sentencia, el niño ha podido ser identificado con otros datos como el nombre y apellido de su madre, el de su padre legal o el de la población en la que se produjo la "okupación".