Nombrado y removido libremente por el Pleno, el Secretario General asiste a las sesiones de sus Órganos, con voz pero sin voto. Ejerce las funciones de gestión, tramitación y documentación de los actos del Consejo, así como la dirección y coordinación de los restantes Órganos técnicos. Ejerce la jefatura del personal y las competencias en materia económica financiera.