La Sala Social de la Audiencia Nacional ordena repetir el juicio entre Iberia y el SEPLA por el laudo arbitral

No entra en el fondo del asunto al entender que debe incluirse a Iberia Express en el procedimiento para asegurar su derecho de defensa, pues lo resuelto afectaría a sus relaciones laborales

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha rechazado estudiar la demanda contra el laudo que ponía fin al conflicto entre Iberia y el sindicato de pilotos SEPLA por la creación de la filial de bajo coste Iberia Express y ordena repetir el juicio al no haber sido incluida esta última en el procedimiento.

El origen del litigio se remonta a la creación, a finales del pasado año, de la Compañía Operadora de Corto y Medio Radio Iberia Express, que desembocó en varias jornadas de huelga por parte del SEPLA y en la cancelación de cientos de vuelos.

Para resolver el conflicto, el Gobierno designó un mediador entre las partes y, ante la falta de acuerdo, estableció posteriormente un arbitraje obligatorio, cuya decisión fue recurrida por Iberia ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

En una sentencia notificada hoy, los magistrados rechazan de plano entrar en el fondo del asunto ya que la resolución del conflicto entre Iberia y el sindicato de pilotos afectaría de lleno también a la aerolínea de bajo coste Iberia Express y sus relaciones laborales, sin que ésta se haya podido pronunciar al respecto.

“No siendo Iberia Express parte en el presente procedimiento, no podríamos de ningún modo resolver sobre la pretensión de Iberia Operadora sin incurrir exactamente en los mismos vicios procedimentales que se pretender censurar”, señala la resolución. Y añade que “siendo una de las causas de pedir el defecto que supone no haber dado audiencia a Iberia Express en el arbitraje resultaría, además de incoherente, insostenible jurídicamente que dictáramos sentencia sobre ello sin dar a la citada empresa la posibilidad de personarse en el pleito”.

“El litigio se debe ventilar entre todos los que de una u otra forma puedan verse afectados por el mismo, siendo indiscutible que Iberia Express resulta directamente afectada por la decisión que aquí se pueda adoptar”, insiste la sentencia.

La Sala, por todo ello, ordena que el procedimiento vuelva al momento de admisión de la demanda para que en el plazo de cuatro días se amplíe frente a Iberia Express y así poder estudiar el fondo de la cuestión o de lo contrario decretara el archivo de las actuaciones.

Por otra parte, el próximo jueves, 25 de octubre, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional celebrará el juicio en el que Iberia Express pide también la nulidad del laudo arbitral y en el que sí son parte Iberia, el SEPLA y su sección sindical en Iberia.