La AN ordena investigar la denuncia por la comercialización de valores Santander

Estima el recurso presentado por clientes del banco contra el auto del juez Ismael Moreno que acordó el archivo de la causa el pasado 14 de abril

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Comunicación Poder Judicial

La Audiencia Nacional ha revocado el auto de inadmisión y archivo, y ha ordenado al Juzgado Central de Instrucción núm. 2 investigar la denuncia presentada por la comercialización de valores Santander.

En un auto, la Sección Cuarta de la Sala Penal estima el recurso presentado por clientes del banco contra el auto del juez Ismael Moreno del pasado 14 de abril, por el que se acordó el archivo de la causa. La Sala asegura que "lo que la denuncia mantiene y este tribunal comparte, contrariamente a lo que afirma el auto recurrido, es que hay base fáctica para plantearse, investigar y despejar las dudas que se refieren en la resolución".

Añade que con acudir a los documentos presentados "se puede en principio sostener que en variados casos (se trató de una emisión en nueve días hábiles, entre 129.000 personas que reportó con la suscripción del producto 7.000 millones de euros) no se tuvo conocimiento del tríptico ni de otro documento informativo (a excepción del argumentario de valores) sino, exclusivamente, de lo que manifestaron a los potenciales suscriptores los comerciales (en algunos casos el propio director o subdirector de la sucursal)".

Los jueces destacan que entre los suscriptores hay personas octogenarias, por lo que "es difícilmente imaginable que los que estuvieran en torno a dichas edades quisieran suscribir un producto especulativo, sino rentabilizar un dinero a plazo fijo, que es lo que sostienen que se les ofreció".

La resolución entiende la necesidad de "profundizar" si los denunciantes que contrataron esos productos (jubilados, pensionistas, amas de casa, un albañil, profesores, funcionarios, administrativos o un arquitecto técnico, entre otros,) fueron las personas "idóneas a las que captar para asegurarse la suscripción del producto o, por el contrario, les llevó a ello saber (quizás solo ese dato) que su aportación iba a reportarle un rendimiento del 7,30%, siendo asimismo factible, que esa retribución fuera lo que les moviera a concertar el producto y no quisieron reparar en más, pero, en cualquier caso, ante el abanico de situaciones que pudieron darse, merece ser investigado".

"Es sostenible pensar, en base a lo analizado, que varios de los suscriptores del producto valor Santander no estuvieran por la labor de convertir sus ahorros, plan de pensiones, depósitos o imposiciones a plazo fijo, en unas acciones (acciones ordinarias de nueva emisión del banco) y que por el banco en cuestión, a través del mismo, dados los perfiles de aquellos (a los que se les buscó) no se les suministrara convenientemente la oportuna información sobre el producto cuya emisión suscribieron", concluyen.