La cifra de asuntos pendientes registra su cota mínima al descender un 13,3% en 2015 en Navarra

La Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Navarra recoge que la pendencia cae por primera vez desde hace 15 años por debajo de los 20.000 casos, en concreto 18.511

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Comunicación Poder Judicial

Los datos estadísticos contenidos en la Memoria Judicial del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) del pasado año arrojan un balance muy esperanzador en cuanto a la cifra de asuntos pendientes, que continúa descendiendo y por primera vez desde hace 15 años cae por debajo de los 20.000, en concreto 18.511, un 13,3% menos que en 2014.

En total, el pasado año los juzgados y tribunales navarros recibieron 101.428 asuntos, lo que supone una disminución del 4,3% respecto de la anualidad anterior, mientras que resolvieron 103.666 (-1,5%), unos nuevos y otros antiguos. Del total de los ingresados, 71.086 —el 70%— corresponden a la jurisdicción penal, en donde destaca sobremanera una disminución del 20,7% de los casos pendientes (5.385 en 2015 frente a 6.795 en 2014).

En general, los órganos judiciales navarros mantienen la tendencia ya apuntada el pasado ejercicio de cierta contención porcentual en el ingreso de causas en comparación con anualidades no tan lejanas. No obstante, la litigiosidad aún es elevada y, en concreto, resulta preocupante el elevado incremento registrado en materia civil, sobre todo en los Juzgados de Primera Instancia de Pamplona.

La estabilización en el ingreso en el orden civil se ha producido en un nivel muy superior a lo que era normal con anterioridad al comienzo de la crisis. El volumen de asuntos que se registraron en los referidos años sigue condicionando la pendencia, pese a lo cual los juzgados navarros han logrado reducirla al haber aumentado la tasa de resolución.

En un contexto tan difícil, nuevamente, no puede sino resaltarse, con merecido reconocimiento, la labor de quienes, pese a todo, creen que una Justicia mejor es posible  y contribuyen de forma efectiva a su logro.

Resumen final de asuntos ingresados, resueltos, pendientes y resoluciones dictadas. En la presente anualidad, se produce una novedad en este apartado ya que, con anterioridad, se hacía referencia conjunta de asuntos y ejecuciones.

Asuntos

- Orden civil

2014

2015

Variación

Asuntos ingresados

22000

23543

7,01%

Asuntos resueltos

20675

23411

13,23%

Asuntos pendientes

9133

9041

-1,01%

Sentencias

5466

5484

0,33%

Autos finales

7081

7151

0,99%

Decretos

9148

10383

13,50%

- Orden penal

2014

2015

Variación

Asuntos ingresados

76975

71086

-7,65%

Asuntos resueltos

76578

72095

-5,85%

Asuntos pendientes

6795

5385

-20,75%

Sentencias

6625

6292

-5,03%

Autos finales

59582

56210

-5,66%

Decretos

1348

1225

-9,12%

- Orden contencioso-administrativo

2014

2015

Variación

Asuntos ingresados

1997

2308

15,57%

Asuntos resueltos

2407

2127

-11,63%

Asuntos pendientes

1574

1755

11,50%

Sentencias

1371

1219

-11,09%

Autos finales

717

620

-13,53%

Decretos

309

244

-21,04%

- Orden social

2014

2015

Variación

Asuntos ingresados

5051

4491

-11,09%

Asuntos resueltos

5674

6033

6,33%

Asuntos pendientes

3872

2330

-39,82%

Sentencias

2918

2788

-4,46%

Autos finales

305

170

-44,26%

Decretos

3409

4055

18,95%

- Resumen final

2014

2015

Variación

Asuntos ingresados

106023

101428

-4,33%

Asuntos resueltos

105334

103666

-1,58%

Asuntos pendientes

21374

18511

-13,39%

Sentencias

16380

15783

-3,64%

Autos finales

67685

64151

-5,22%

Decretos

14214

15907

11,91%

 

Ejecuciones

- Orden civil

2014

2015

Variación

Ejecuciones ingresadas

6573

6788

3,27%

Ejecuciones resueltas

8318

7684

-7,62%

Ejecuciones pendientes

18532

17728

-4,34%

- Orden penal

2014

2015

Variación

Ejecuciones ingresadas

6357

6176

-2,85%

Ejecuciones resueltas

7267

6629

-8,78%

Ejecuciones pendientes

4146

3708

-10,56%

- Orden contencioso-administrativo

2014

2015

Variación

Ejecuciones ingresadas

135

80

-40,74%

Ejecuciones resueltas

196

85

-56,63%

Ejecuciones pendientes

139

149

7,19%

- Orden social

2014

2015

Variación

Ejecuciones ingresadas

1044

829

-20,59%

Ejecuciones resueltas

1006

1067

6,06%

Ejecuciones pendientes

565

325

-42,48%

- Resumen final

2014

2015

Variación

Ejecuciones ingresadas

14109

13873

-1,67%

Ejecuciones resueltas

16787

15465

-7,88%

Ejecuciones pendientes

23382

21910

-6,30%

 

Los procesos monitorios por deudas se incrementan un 20,6%

En 2014 se frenó la tendencia a la bajada en el ingreso de asuntos iniciada en 2010 en los Juzgados de Primera Instancia de Pamplona, con un ligero incremento del 3,3%, siguiendo con esta línea ascendente, en el año 2015 el ingreso de asuntos se ha disparado un 25,4%.

La eliminación de las tasas judiciales no explica por sí sola este aumento, máxime teniendo en cuenta que, con la excepción de Tafalla, en el resto de partidos judiciales el ingreso de asuntos civiles, no incluidos los de familia, ha descendido. A este hecho contribuyó que varias compañías que se dedican a la compra de créditos impagados de grandes empresas de telefonía, bancos, etc., hayan procedido a la presentación masiva de procesos monitorios, que han aumentado un 20,6%. Los asuntos resueltos se han incrementado en un 21,5%, lo que no impidió que los asuntos pendientes subieran un 15,8%.

Se ha producido un repunte en el ingreso de ejecuciones hipotecarias del 2,7% y se acordaron 244 lanzamientos, un 7,4% más que en el año 2014.

En el orden penal, los Juzgados de Instrucción vieron reducido el número de asuntos ingresados un 10,4% y los pendientes, un 27,6%.

En los juicios rápidos competencia de estos juzgados (juicios de faltas y delitos leves de enjuiciamiento rápido e inmediato) el ingreso de asuntos bajó en un 18% y la resolución también descendió en un 18%.

La supresión de las tasas judiciales, entre otros factores, ha originado que el pasado año se produjera una subida del 21,7% en las demandas ingresadas en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. En la pasada anualidad, los casos resueltos bajaron un 7,2% y los pendientes aumentaron un 9,9%.

Durante los años en los que la crisis económica fue más aguda una de las jurisdicciones más afectadas por sus terribles y dramáticas consecuencias fue la laboral y, en concreto, los Juzgados de lo Social. La carga de trabajo que arrastraban estos órganos judiciales motivó que en 2015 se mantuviera el refuerzo de dos jueces. Esta medida se complementó además con el nombramiento de funcionarios del cuerpo de tramitación y auxilio para la transcripción del elevado número de sentencias que se dictan y asistencia a vistas, sin que se consiguiera, un año más,  el nombramiento de un letrado de la administración de justicia (secretario judicial) de refuerzo, con la consiguiente sobrecarga de trabajo entre los letrados de estos juzgados.

Esta medida de refuerzo de dos jueces desaparecerá este verano, por lo que será necesario vigilar muy estrechamente la evolución de estos juzgados.

En 2015 se produjo una disminución en el ingreso de asuntos del 12,7%, la resolución aumentó en un 8,19% y los asuntos pendientes bajaron un 41,9% (2.207 a finales de 2015 frente a 3.801 en 2014), por lo que estos datos vienen a certificar la efectividad de las medidas de refuerzo.

Tres juzgados más

El problema de sobrecarga de trabajo que padece gran número de los órganos judiciales de España no se soluciona sólo con la creación de más unidades judiciales, ya que se hace preciso, ante todo, llevar a cabo reformas estructurales y orgánicas.

Dicho lo anterior, y compatible con ello, a nadie se le escapa que contar con el número adecuado de jueces y con un correcto diseño orgánico, son, sin duda, aspectos básicos y esenciales para lograr que la eficiencia de la Administración de Justicia sea la que todos queremos.

En 2014 se crearon tres plazas de Jueces de Adscripción Territorial (JAT), que tras tomar posesión en 2015, desempeñaron funciones de refuerzo y sustitución en juzgados de Pamplona y Tafalla, fundamentalmente en el orden civil, de familia y mercantil. También se contó desde el mes de abril con dos jueces en expectativa de destino, pertenecientes a la 65ª promoción de la Carrera Judicial, que también desempeñaron funciones de refuerzo y sustitución en juzgados de Pamplona (civil y mercantil) y Aoiz.

Aun así, es necesario exponer las necesidades existentes en este aspecto. Son las siguientes: un Juzgado de Familia en Pamplona, un segundo Juzgado de lo Mercantil y un tercer Juzgado de Primera Instancia e Instrucción en Estella.

Nuevamente, ha de quedar reflejada en la Memoria la preocupación por la situación de los Juzgados de Aoiz. Debe destacarse un ingreso y resolución de asuntos civiles superior al de los juzgados de Estella. Los problemas siguen sin resolverse, por lo que el análisis es el mismo que el realizado los pasados años. Entre sus principales problemas se encuentra, la inadecuada configuración del ámbito territorial de su partido judicial y, como consecuencia de este, la interinidad de la mayor parte de su personal, que en la actualidad alcanza el 100%.

En la actualidad, la plantilla interina ya tiene una cierta estabilidad, lo que ha permitido, en cierta forma, normalizar la capacidad resolutiva de los órganos judiciales, si bien el retraso en la cobertura de vacantes y el acceso en muchas ocasiones de personal sin experiencia ponen en dificultades la buena marcha de los juzgados.

En relación con el diseño del partido judicial, la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, ha pedido, en reiteradas ocasiones, la comarcalización del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona, de modo que pasase a asumir el conocimiento de los asuntos que se tramitan en aquel partido, la última de ellas por Acuerdo de 11 de abril de 2016; y, por otra parte se ha solicitado también que se proceda a modificar su delimitación geográfica. La contestación recibida a ambas propuestas, por parte del Ministerio de Justicia, es que están elaborando una nueva Ley de Demarcación y Planta Judicial.

Mayor dotación presupuestaria

Uno año más, el TSJN tiene que lamentar que persiste la insuficiencia de la cantidad asignada en los presupuestos de Navarra para la Administración de Justicia. Así, a pesar de contar con un nuevo Gobierno foral, surgido de las elecciones autonómicas del pasado año, el presupuesto para Justicia se ha estancado, lo que impide atender, o demorar más de lo deseable, actuaciones de notable importancia. Debe reiterarse el deseo, siempre desatendido, de que el porcentaje mínimo en los presupuestos sea del 1%.

El pasado año y tras la implantación en todos los órganos judiciales de la Comunidad foral de la remisión de actos de comunicación y de la presentación de escritos de trámite se dio un paso más en la implantación de los sistemas de información de Justicia en relación a la funcionalidad de la presentación telemática de escritos iniciadores por los procuradores, abogados, graduados sociales, letrados del servicio jurídico del Gobierno de Navarra, Abogados del Estado y restantes usuarios a los que se extienda el operativo, así como en establecer la obligatoriedad de la presentación telemática de escritos, tanto de inicio como de trámite. Para ello se firmó por el Secretario de Gobierno del TSJN y el Director General de Presidencia y Justicia del Gobierno Foral el correspondiente protocolo de presentación de escritos de inicio y de trámite a través del Portal de Servicios a  Profesionales (PSP) en la Comunidad Foral de Navarra.

En el citado protocolo se estableció un plazo de tres meses, desde su entrada en vigor,  concretamente de septiembre a diciembre de 2015, en el que los profesionales podían optar por la presentación tanto de los escritos de inicio como los de trámite por la vía telemática o en soporte papel, siendo obligatoria la presentación telemática una vez transcurridos los citados tres meses.

80% de asuntos registrados vía telemática

Las reformas legislativas publicadas en el segundo semestre del pasado año y, fundamentalmente, la entrada en vigor de la Ley 42/15, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, impone la obligación a todos los profesionales de la justicia y órganos judiciales del empleo de los sistemas telemáticos existentes a partir del 1 de enero de 2016. Conscientes de la importancia de estas medidas, la Comisión Mixta en materia informática viene colaborando en el desarrollo del sistema de Gestión Procesal Avantius para dar acogida a todas las novedades que la legislación impone.

Todo ello ha permitido que a fecha 1 de Junio de 2016 el número de asuntos registrados a partir de escrito telemático de inicio ronde el 80% en todas las jurisdicciones.

Ese paso resultaba imprescindible para dar el salto previsto en la ley 18/2011, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, que no es otro que dotar a las oficinas judiciales de sistemas de gestión procesal que permitan la tramitación electrónica de los procedimientos.

La decisión de dar cumplimiento a estas medidas legales constituye un ejercicio de responsabilidad y compromiso con la sociedad; se trata de seguir abriendo camino a pesar de las dificultades que, en un proceso tan complejo como este, se nos presentan cada día.

Así es imprescindible para alcanzar ese objetivo contar con los medios necesarios, tales como:

  • Dotar a las salas de vistas de sistemas que permitan la visualización de los documentos presentados telemáticamente, tanto por el juez o magistrado, como por el letrado e incluso su  exhibición a las partes, mediante la dotación de pantallas o de sistemas de proyección.
  • También es necesario, si se quiere avanzar en expediente digital, la incorporación de la grabación de la vista oral formando parte del procedimiento dentro de Avantius, así como de aquellos actos que se celebren por videoconferencia, incluyendo las grabaciones de audio y vídeo.
  • Urgente puesta en marcha del sistema de notificaciones a la Fiscalía, previsto para próximas fechas.
  • Dotación a jueces, magistrados, letrados y resto de  funcionarios judiciales de certificados digitales y la incorporación de la firma digital de documentos, sin la que no puede hablarse de expediente digital.

Es necesario además realizar las acciones que permitan el cumplimiento del artículo 273 de la  ley 45 /2015 de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con su disposición final duodécima que establece la obligatoriedad de intervenir a través de medios electrónicos con la Administración de Justicia a las persona jurídicas, notarios, registradores y funcionarios de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen por razón de su cargo.

Todo ello desde el compromiso de los servidores públicos con el proceso de transformación digital  como camino hacia un mejor servicio a la Justicia.