El Juzgado finaliza la investigación de la pieza principal de la Pokemon y ordena que la causa se siga contra 13 sospechosos

El instructor entiende que el servicio de la grúa se adjudicó a cambio de pagos por parte de la empresa, que tenía una Caja B. El exteniente de alcalde de Lugo y expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil recibió dinero de la adjudicataria, según el auto

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo ha concluido la investigación de la pieza principal de la operación Pokemon, que consta de alrededor de 170.000 folios. El magistrado entiende que hay indicios de delito en la concesión del servicio de la grúa por parte del Ayuntamiento de Lugo a la empresa asturiana Cechalva, en 2005, así como de la existencia de una Caja B en la compañía para realizar los pagos pactados por haber conseguido la adjudicación del servicio. 

El instructor ha ordenado que la causa se siga contra trece personas, entre ellas el expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil y exteniente de alcalde del Ayuntamiento de Lugo, por si los hechos que se le imputan fuesen constitutivos, entre otros, de delitos de cohecho, violación de secretos, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, falsedad en documento mercantil y blanqueo de capitales. Entre los otros doce imputados figuran su mujer y varios empresarios. Respecto al resto de investigados, el instructor ha decretado el sobreseimiento y archivo de la causa. 

El magistrado ha acordado en el auto, contra el que cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial de Lugo, dar traslado al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones personadas para que en el plazo de diez días soliciten la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan pedir, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular acusación.

Adjudicación grúa 

El juez asegura que desde que el Ayuntamiento de Lugo inició las gestiones internas para la licitación del contrato, los investigados “conocieron de forma ilegal, antes que ningún otro eventual licitador, información relevante sobre el procedimiento”. Así, entiende que “todas las irregularidades e incumplimientos previos, coetáneos y posteriores a la adjudicación del contrato a Cechalva fueron consentidos, precisamente, por el acuerdo que tenía la empresa con el teniente de alcalde”, quien era “conocedor de la trama”, tenía capacidad decisoria sobre la concesión y reveló datos para favorecer a la empresa, de la que presuntamente obtenía “importantes cantidades económicas como contraprestación, así como participación camuflada a través de testaferros”.  

Los hechos referentes a la adjudicación de la grúa, según el auto, podrían ser constitutivos de delitos de cohecho, violación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, de los cuales serían responsables, además del primer teniente de alcalde, tres socios de la empresa (J.P.C.E., J.L.A.A. y M.S.G.); D.A.L. y J.M.R., a quien el juez atribuye ser el “enlace” entre Cechalva y el político implicado. 

En el auto, el magistrado sostiene que hay indicios de que los socios de la compañía “se comprometieron a abonar en efectivo la cantidad de 2.000 euros mensuales para pagar a las autoridades del Ayuntamiento de Lugo como gratificación por la adjudicación del servicio de grúa”. Si bien el juez afirma que J.M.R. les hizo creer que ese dinero iría destinado al alcalde, en realidad, “se entregaba en efectivo a J.M.R., que era el encargado, a su vez, de dárselo en mano al teniente de alcalde, hasta 2009, y, desde 2009, presidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil”. En total, pagaron de la Caja B de la empresa, según indica el juez, 2.000 euros al mes durante los años 2006, 2007, 2008, 2009 y los primeros siete meses de 2010, lo que supone un total de 110.000 euros. 

Con el objetivo, según el instructor, de disponer de dinero en efectivo con el que hacer frente a esos pagos, los investigados crearon dos contabilidades. El objetivo, según el magistrado, era “generar cantidades de dinero que quedaran al margen del ciclo tributario, mediante la creación de facturas ficticias o la contabilización indebida de otras facturas” y lograr obtener beneficios fiscales. Según los informes de la Unidad de Vigilancia Aduanera, los imputados, socios de Cechalva, contaban con la colaboración de algunas empresas y profesionales que les suministraban facturas falsas. 

Estos hechos podrían ser constitutivos, según el juez, de un delito continuado de cohecho, en el que habrían tenido participación los investigados F.F.L., J.M.R., M.S.G., J.L.A., J.P.C. y D.A. Además, también aprecia un posible delito contable continuado, en el que habrían participado Cechalva, los socios de la empresa y otros dos investigados; y un delito continuado de falsedad en documento mercantil, cometido por todos ellos y en el que habrían colaborado otras dos personas investigadas. 

El juez también entiende que todos los investigados en esta trama podrían haber incurrido en un delito de estafa por constituir facturas falsas que motivaron que el Ayuntamiento tuviese que pagar a la adjudicataria de la grúa cantidades superiores a las que le corresponderían. 

Facturación y contabilidad falsas (Sanle) 

Por otra parte, uno de los socios de Cechalva (M.S.G.), según el auto, “llevó a cabo comportamientos contables muy similares a los de la concesionaria” a través de una constructora. Por ello, el juez considera que pudo haber incurrido en un delito contable y en otro de falsedad en documento mercantil. Además, M.S.G. también podría haber cometido un delito de prevaricación administrativa, al igual que uno de los funcionarios investigados, en relación con la adjudicación de obras públicas de saneamiento. 

Blanqueo de capitales 

El juez considera que existen indicios de que, entre los días 4 y 5 de junio del año 2012, el presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, “con la finalidad de ocultar el origen ilícito de sus ganancias así obtenidas”, ingresó en cuentas dinero “que había recibido sin justificación por parte de empresarios y sociedades, durante el tiempo que desempeñó el cargo de concejal y presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, a cambio de la adjudicación de diferentes contratos públicos”. 

El instructor también asegura que existen indicios de que el investigado F.F.L.; su esposa y un empresario (M.G.G.), a sabiendas del origen ilícito de esos ingresos, “no solo se beneficiaron, sino que llevaron a cabo determinadas operaciones tendentes a introducirlos en el tráfico jurídico de forma aparentemente regular, como la adquisición de inmuebles, participación en sociedades y otras, realizándose multitud de operaciones en efectivo”. Todo ello sería constitutivo, según el instructor, de un delito de blanqueo de capitales. 

Además, también indica que consta indiciariamente acreditado que el presidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, en abril de 2009, recibió de un empresario (M.G.G.) un reloj valorado en 4.000 euros. Estos hechos podrían ser constitutivos de un delito de cohecho.