La Audiencia de Alicante implanta un programa de reeducación para evitar que los condenados por maltratar animales reincidan

Los penados que no tengan antecedentes y se les suspenda el ingreso en prisión deberán asistir a programas de protección a animales

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Comunicación Poder Judicial

El presidente de la Audiencia Provincial de Alicante, Vicente Magro, ha presentado hoy un programa de reeducación para condenados por maltratar animales cuyo objetivo es evitar que los penados por este delito reincidan.

El documento pretende que los condenados a prisión a quienes se les suspenda el ingreso en la cárcel por carecer de antecedentes estén obligados por los jueces de lo Penal a seguir durante nueve meses un programa formativo de protección y ayuda a animales para evitar la reiteración en el delito.

Tal medida puede reforzarse, además, con la imposición al condenado de la obligación de realizar trabajos en beneficio de la comunidad consistentes en ayudar en organizaciones o colectivos que se dediquen a la protección de animales o recogida de los que están abandonados.

“Así conseguiremos, señala Magro, evitar la reincidencia y la aparente situación de impunidad que en muchas ocasiones parece desprenderse del automatismo que parece existir cuando se adopte la medida de suspensión de la ejecución de la pena en un delito tan grave y despiadado como es el maltrato a los animales”.

La inasistencia al programa podrá suponer la revocación de la suspensión de la pena y, por tanto, el ingreso en prisión del condenado por delito de maltrato animal.

Penas de entre 3 a 18 meses de prisión

De esta manera, según recoge el protocolo, se conseguirá extender la cultura de que el maltrato animal es un delito, que está sancionado ya con pena privativa de libertad (entre tres y dieciocho meses de prisión). “Quien maltrata a un animal no está en condiciones de tenerlos. El juez puede acordar la pena de 1 a 4 años de prohibición de tenencia de animales”, subraya Magro, quien explica que desde la reforma del año 2015 se sanciona el maltrato a cualquier tipo de animales, ya sea doméstico o amansado o que vivan sin la compañía del hombre agravándose las penas si con el maltrato se practica ensañamiento, se causan lesiones graves o se les causa la muerte.

El presidente de la Audiencia Provincial de Alicante recuerda que “se castiga también el abandono de animales, práctica muy común cuando quien adquiere un animal no quiere seguir alimentándolo, porque se cansan de ellos, porque llegan las vacaciones y porque lo consideran un estorbo para su vida”.

Doce años de compromiso con la reeducación

En los últimos doce años, la Audiencia Provincial de Alicante se ha distinguido por su apuesta por la reeducación de los condenados por delitos de violencia de género y doméstica, delitos relacionados con el tráfico o delincuentes sexuales.

Magro hace hincapié en la importancia de que la medida de suspensión de ejecución de la pena, que evita que el condenado a penas inferiores a dos años de prisión no ingrese en la cárcel si carece de antecedentes penales, vaya unida al seguimiento obligatorio de un programa de reeducación que evite la reiteración en el delito.