La Sala de lo Contencioso del TSJ de Asturias deniega una cautelar contra la exigencia de presentar el pasaporte COVID en los establecimientos de hostelería

Había sido solicitada por un asociación y cinco particulares

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Asturias ha dictado un auto denegando la medida cautelar solicitada por la Asociación Liberum y cinco particulares frente al Acuerdo de 24 de diciembre de 2021 del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, por el que se aprobaba la medida urgente de requerimiento de certificado de vacunación COVID-19, de carácter extraordinario y temporal de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia. 

Para los magistrados, las medidas cuya suspensión se pretendía "procuran conjugar los riesgos que para la salud está suponiendo la pandemia provocada por el coronavirus y que, en último término, justifican las limitaciones impuestas".  A juicio de la Sala "no hay duda de la ponderación de los intereses, invocando el recurrente los derechos a la igualdad, a la intimidad y a la protección de datos". No obstante, consideran los magistrados que "sin desconocer la importancia de los anteriores derechos, estos deben conciliarse con los demás derechos en conflicto, en concreto, el derecho fundamental a la vida y a la integridad física, proclamado por el artículo 15 de la Constitución y que goza de una protección reforzada en la misma. Y el artículo 43 de la Constitución que reconoce el derecho a la protección de la salud".  

En este mismo sentido, y una vez ponderados los intereses públicos y privados en juego, para el TSJA "deben prevalecer sin lugar a dudas el interés general y la vida de nuestros conciudadanos y el mantenimiento de los servicios de salud en un nivel apropiado de respuesta frente a los legítimos intereses, sustancialmente económicos, de los miembros de la asociación recurrente".  

Contra el auto, que no es firme, cabe recurso de reposición.