El TSJ de Asturias da cinco días al Gobierno regional para alegar sobre las restricciones impuestas al ocio nocturno

La Sala de lo Contencioso no concede la medida cautelarísima solicitada por la patronal hostelera OTEA

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado un auto en el que no concede la cautelarísima solicitada por la patronal hostelera y hotelera Otea contra la resolución de la Consejería de Salud con restricciones para el ocio nocturno. Los magistrados la  transforman en cautelar, dando cinco días al Gobierno del Principado para que formule alegaciones.   

El TSJA  ha acordado denegar la medida de suspensión del acto recurrido al amparo del artículo 135 de la LRJCA; y ordenar que se prosiga el trámite de la pieza de suspensión de conformidad con el artículo 129 y siguientes de la Ley Jurisdiccional Contencioso-administrativo confiriendo traslado a la Administración demandada para que en el plazo de cinco días formule alegaciones. Otea había presentado la impugnación a la resolución de la Consejería de Salud que cierra el interior de los locales de ocio nocturno.

Del mismo modo, solicitaba la suspensión "inmediata" de la medida "por los perjuicios que su mantenimiento acarrearía a un sector especialmente castigado, como es el del ocio nocturno". Desde Otea argumentaban que el aumento del número de contagios, focalizado en el tramo de edad comprendido entre los 15 a los 29 años, no deriva de la reapertura de los establecimientos de ocio nocturno, "sino de los viajes de fin de curso, así como las fiestas ligadas a dicho momento y, sobre todo, el aumento de la movilidad ligada a la llegada del verano". Según la patronal hostelera, el cierre del interior de estos establecimientos " supone acrecentar la presencia de la población en espacios públicos como calles, plazas y playas, una vez que ya no existen limitaciones de horario de circulación"