El Tribunal Supremo confirma la absolución de un capitán por el delito de abuso de autoridad con una soldado

El alto tribunal dice que aunque los hechos no alcanzan la gravedad exigida para ser delito, podrían tener trascendencia disciplinaria

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de un capitán del Ejército de Tierra del delito de de abuso de autoridad con trato degradante a una soldado subordinada suya en un acuartelamiento de Tenerife.

La prueba valorada se centró en dos conversaciones entre el oficial y la soldado grabadas por ésta con su teléfono móvil sin conocimiento de su superior, donde hablaron de la baja psicológica de ella.

En la segunda conversación, que tuvo lugar cuando la soldado estaba embarazada, el capitán le dijo, entre otras cosas, que no era digna de estar en el Ejército y que estaba haciendo un ‘flaco favor’a España.

El Supremo confirma la absolución dictada por el Tribunal Militar Territorial Quinto al considerar que en el caso no concurre la gravedad para calificar los hechos como delito de trato degradante, sin perjuicio “de la posible trascendencia disciplinaria que se puede derivar de las expresiones utilizadas” por el capitán en las conversaciones referidas, “pues el legislador ha previsto distintos tipos disciplinarios en los que tienen encaje las expresiones toscas, inadecuadas o indignas a una subordinada”.

La sentencia ahora ratificada consideró probado que la soldado “no dio muestras en ningún momento durante el transcurso de las dos conversaciones mantenidas con el acusado de sentirse humillada o envilecida por las palabras del capitán”, y subrayó además que la patología padecida por ella era anterior al 1 de octubre de 2012, fecha de la primera conversación con el oficial.

La resolución del Supremo cuenta con el voto particular de dos de los cinco magistrados que formaron la Sala, que defendieron que el capitán debió ser condenado a 4 meses de prisión por delito de abuso de autoridad, en su modalidad de trato degradante a una subordinada.

Estos dos jueces consideran que el capitán usó “expresiones vejatorias, despectivas, humillantes e injuriosas, tildándola de no ser digna de estar en la Compañía y en el Ejército español, de ser vaga, de estar robando y de no hallarse enferma, añadiendo que la considera merecedora de todo su desprecio,  todo ello porque, a pesar de sus esfuerzos y de los medios utilizados, no había logrado que se sometiera a su arbitrario capricho y accediera a solicitar la baja en las Fuerzas Armadas”.

Los cinco magistrados de la Sala sí denuncian por unanimidad la irregularidad procesal que cometió el Tribunal Militar Territorial al permitir al acusado ausentarse del juicio una vez que hubo prestado declaración, ya que su mujer estaba dando a luz, después de que el resto de las partes intervinientes no se opusiese a ello.