El Tribunal Supremo anula la sanción un mes y un día arresto al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles

Realizó dos entrevistas a la prensa en las que propuso reducir los actos festivos para evitar recortes retributivos

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha anulado la sanción de un mes y un día de arresto al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), Jorge Bravo Álvarez, por una falta grave cometida al hacer reclamaciones a través de los medios de comunicación. La Sala Quinta estima el recurso de casación presentado por el subteniente contra la sentencia del Tribunal Militar Central, de 3 de septiembre de 2014,  que confirmó la sanción que le impuso el Ejército después de realizar, en calidad de presidente de la AUME, dos entrevistas a la prensa en las que propuso reducir los actos festivos para evitar recortes retributivos.

La sentencia,  de la que ha sido ponente la magistrada Clara Martínez de Careaga y García, considera que el militar sancionado hizo sus declaraciones con "mesura" y sin utilizar ninguna expresión insultante o injuriosa que pudiera atentar injustificadamente contra la reputación de sus superiores. Añade que tampoco ha atentado contra el buen funcionamiento y eficacia del servicio y de la institución. Por este motivo, considera que no hay una "necesidad social imperiosa" de limitar el derecho constitucional de libertad de expresión del militar sancionado, ya que, de sus manifestaciones, no se deduce una amenaza real para la disciplina y la cohesión interna de las Fuerzas Armadas. La Sala de lo Militar afirma que las manifestaciones del recurrente se refieren a asuntos generales relacionados con el bienestar del personal y con las medidas de austeridad que, a su juicio, debían adoptarse para evitar los sacrificios económicos a los miembros de las Fuerzas Armadas.

Los jueces reconocen el derecho del militar sancionado a cobrar una  indemnización de 60 euros por cada día de privación de libertad indebidamente sufrido. La sentencia incluye un voto particular, firmado por dos magistrados, partidarios de confirmar la sanción.