El juez propone juzgar al expresidente del Granada C.F. Quique Pina por cinco delitos contra la Hacienda Pública

La suma de las cuotas supuestamente defraudas asciende a más de 2,8 millones de euros

Autor
Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata propone juzgar al expresidente del Granada CF Enrique “Quique” Pina por cinco delitos contra la Hacienda Pública por no haber presentado las declaraciones de IRPF de 2012, 2013, 2014 y 2015 y haber presentado la correspondiente a 2016 fuera de plazo y con posterioridad a la entrada y registros practicados en esta causa. La suma de las cuotas supuestamente defraudas asciende a más de 2,8 millones de euros.

En el auto de pase a procedimiento abreviado que pone fin a la instrucción de esta pieza, el magistrado también ve indicios para juzgar por estos hechos a la hermana de Quique Pina, Elena, como cooperadora necesaria y a las sociedades Calambur Intermediaciones y Quique Sport. La resolución da un plazo de diez días a la Fiscalía y acusaciones para formular escrito de acusación.

Señala De la Mata que las entidades Quique Sport SL y Calambur Intermediaciones SL, administradas formalmente por su hermana, “actuando como testaferro”, son sociedades “instrumentales que han servido al investigado Enrique Pina para defraudar y ocultar, canalizando los fondos generados por su actividad profesional y sustrayéndolos a la acción cobratoria de la Hacienda Pública”.

Indica el magistrado que en cada una de las anualidades entre 2012 y 2016 se ocultó una cuota tributaria superior en ambos casos a los 120.000 euros, “conociendo perfectamente su obligación de hacerlo por su experiencia en la actividad profesional y societaria, habiendo desplegado específicamente una cuidadosa estrategia para ocultar los datos reales de sus actividades tras Calambur Intermediaciones SL y Quique Sport SL y utilizando a su hermana como cooperadora necesaria de sus actividades defraudatorias”.

Calambur Intermediaciones SL, dice el juez, aparece como colaboradora necesaria en cuanto sociedad a través de la cual el deudor desvía su actividad, así como titular de los vehículos de lujo y el yate utilizados por aquel, mientras que Quique Sport, también figura como colaboradora necesaria en cuanto sociedad titular de los inmuebles que utiliza y que realiza la ampliación de capital por la que se diluye artificialmente el porcentaje de participación del deudor en la misma.