La juez decreta libertad provisional con medidas cautelares al exdirector de los Mossos D´Esquadra Pere Soler y al exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig

Les impone la obligación de comparecer cada quince días en el juzgado y la prohibición de abandonar el territorio nacional sin previa autorización judicial

Autor
Comunicación Poder Judicial

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha decretado la libertad provisional del exdirector de los Mossos D´Esquadra Pere Soler y del exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig, a quienes les impone la obligación de comparecer cada quince días en el juzgado, la prohibición de abandonar el territorio nacional sin previa autorización judicial, retirada de pasaporte , fijación de teléfono y domicilio donde poder ser localizados, así como la indicación de una persona a la que enviar cualquier tipo de notificación relacionada con ellos.

En el auto, la titular del Juzgado Central de Instrucción 3 les advierte de que en el caso de incumplir alguna de las medidas establecidas podrían agravarse, pudiendo llegar a decretar su ingreso en prisión.

Frente a la Fiscalía, que solicitaba la prisión eludible con fianza de 100.000 euros, Lamela explica que los dos investigados han comparecido al llamamiento judicial conociendo la gravedad de los delitos que se investigan, castigados con penas “de considerable extensión”, lo que no ha impedido que ambos hayan comparecida ante el juzgado. Respecto al argumento invocado por el fiscal de que otras personas investigadas por los mismos hechos han abandonado el territorio español, la juez afirma que a diferencia de aquellas estas sí han acudido al llamamiento judicial, así como la mayoría de las personas que están siendo investigadas.

Recuerda que ambos tienen nacionalidad española, domicilio conocido, familia y trabajo en España, poseyendo por tanto suficiente arraigo personal, familiar, laboral y social. La juez hace constar en su resolución el momento presente de la investigación -que se encuentra bastante avanzada- y que las diligencias acordada por ella y pendientes de practicar “no pueden verse ya comprometidas por la acción de los citados investigados”. Según Lamela, caso de adoptarse medidas cautelares más graves se causaría un agravio comparativo respecto de otros investigados y, más en concreto, “frente al señor Trapero a quien se le imputan iguales hechos que a los señores Puig y Soler, y a quien le han sido impuestas medidas menos gravosas que las solicitadas en este momento para estos dos investigados”.

La magistrada concluye descartando también el riesgo de ocultación o destrucción de pruebas teniendo en cuenta que los dos fueron cesados en sus cargos el día 27 de octubre pasado, siendo en la actualidad únicamente militante del partido político PDCAt, por lo que tampoco tienen una posición de mando en el Gobierno de Cataluña.

El auto de Lamela recuerda que en este procedimiento se investiga la existencia de “una compleja y heterogénea organización unida por el propósito de lograr la secesión de la comunidad autónoma de Cataluña y su proclamación como república independiente alterando de esta forma la organización política del Estado y con ello la forma de gobierno con clara contravención del orden constitucional y estatutario”.

A lo largo de 16 folios la magistrada detalla las conductas delictivas desde distintos ámbitos para lograr la secesión de Cataluña del resto de España en el marco de una estrategia premeditada y perfectamente coordinada con arreglo a un plan común y con reparto de papeles y responsabilidades entre autoridades gubernamentales, parlamentarias y civiles, principalmente a través de asociaciones independentistas como ANC y Omnium. En esa estrategia, la juez explica la actitud mostrada por los Mossos en las distintas movilizaciones sociales impulsadas desde las asociaciones soberanistas para respaldar la consecución de los fines secesionistas, manteniéndose al margen de cualquier actuación desarrollada por la Policía y la Guardia Civil en el ejercicio de sus funciones, evitando intervenir en los casos en los que miembros de los citados Cuerpos eran agredidos. Incluso en algunos casos llegaron a increpar y enfrentarse a alguno de ellos.

De esta manera, la acción o inacción de los Mossos, según Lamela, “siguió la pauta anunciada previa y públicamente por los responsables políticos Joaquín Forn, Pere Soler, y en la medida correspondiente César Puig, y es que no existió por parte de Policía Autonómica un verdadero dispositivo orientado a impedir la celebración del referéndum lo que obligó a la intervención de la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en un marco de oposición y resistencia perfectamente organizado que dificultó en sobremanera el cumplimiento de las órdenes emanadas del TSJ de Cataluña”.

Concluye la juez que la finalidad inmediata de los dos investigados en los hechos descritos estaba orientada a facilitar la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana siendo consciente de que desarrollaban una actuación al margen de las vías legales, desatendiendo el mandato recibido desde el TSJ de Cataluña y en contra de las decisiones del Tribunal Constitucional.