La Audiencia de Teruel condena a la farmacéutica de Palomar de Arroyos a un año y ocho meses de cárcel por estafa

La acusada expidió fármacos a nombre de distintos usuarios, sin su conocimiento ni su consentimiento, llegando a facturar un total de 190 recetas electrónicas por un importe de 9.915,10 euros

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Comunicación Poder Judicial

La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a la farmacéutica de Palomar de Arroyos, María Amparo A.G. a una pena de un año y ocho meses de prisión por un delito de falsedad documental y otro de estafa. La condena estipula también el pago de 3.600 euros en concepto de multas (1.800 euros) por cada uno de los delitos.

La sala considera probado que la acusada, farmacéutica de profesión en la localidad de Palomar de Arroyos, desplegó una actividad fraudulenta desde finales de 2011 a 2014 falsificando recetas médicas, aparentemente solicitadas por pacientes de su entorno, y que después eran remitidas para su facturación al Servicio Aragonés de Salud. En total se emitieron y facturaron 274 recetas falsas lo que supone un cargo indebido a la administración sanitaria de 8.699,31 euros.

Por otra parte, en la farmacia, en su vivienda y en un parafarmacia de la localidad de Enguera aparecieron productos farmacéuticos, sin precinto, que no se dispensaron a ningún paciente pero que fueron cargados al Servicio Aragonés de Salud y cuyo coste supone 3.475,89 euros para las arcas públicas.

A raíz de la entrada en funcionamiento de la llamada “receta electrónica”, la acusada expidió fármacos a nombre de distintos usuarios, sin su conocimiento ni su consentimiento, llegando a facturar un total de 190 recetas electrónicas por un importe de 9.915,10 euros.

En total la cantidad defraudada por la farmacéutica al Servicio Aragonés de Salud asciende a 22.090,30 euros, de los cuales, y antes de que se celebrara el juicio, la acusada devolvió 22.000 euros. Por ello, y ante la petición de la suspensión de la pena solicitada por la acusada, las magistradas han acordado que, dado que no constan antecedentes penales sobre ella y que el Ministerio Fiscal no se opone a la petición, se suspende la pena de privación de libertad con la condición de que no vuelva a delinquir durante los próximos tres años.

Por lo que a los otros dos encausados se refiere, Rosa Carmen A. G. y José Ramón B. A., las juzgadoras declaran su absolución con todos los pronunciamientos favorables.