El juez confirma la prisión a los detenidos por los atentados en Cataluña

Señala que existen indicios sólidos de la activa participación de los dos detenidos en hechos de extrema gravedad tipificados como 16 delitos de asesinato terrorista

Autor
Comunicación Poder Judicial

El juez central de iIstrucción número 4, Fernando Andreu, ha confirmado la prisión provisional para Driss O. y Mohamed H.C, por su presunta participación en los atentados de Cataluña. El magistrado rechaza los recursos de reforma interpuestos por las defensas y señala que existen indicios sólidos de la activa participación de los dos detenidos en hechos de extrema gravedad tipificados como 16 delitos de asesinato terrorista, más de 100 delitos de lesiones de carácter terrorista, delito de estragos, de tenencia y depósito de explosivos, así como el de pertenencia o integración en organización terrorista. Andreu indica que estos delitos podrían conllevar la pena de prisión permanente revisable.

En el caso de Driss O. el magistrado considera que tuvo una participación activa como cooperador necesario para cometer los atentados. El juez argumenta que existen datos objetivos para extraer de forma razonable que Driss O. era plenamente consciente de la radicalización yihadista sufrida por su hermano menor, Moussa O., quien habría sufrido una exacerbación religiosa, reflejada tanto en su forma de vestir y de peinarse como en sus hábitos religiosos. En su declaración judicial, que recoge Andreu en su auto, Driss O. reconoció ante el magistrado que su hermano había incrementado sus rezos, le recriminaba que no fuera solo con musulmanes y pretendía ocultar su radicalización a posibles investigadores policiales, evitando asistir al primer rezo del día, ante las sospechas de que la Policía controlaba ese primer rezo. Driss O. también reconoció ante el juez que su hermano le había comentado que los musulmanes tenían que hacer la Yihad, “la Yihad que implica guerra”.

Uno de los datos objetivos de esa cooperación activa de Driss . y que recoge Andreu en su auto es que fue él quien alquiló la furgoneta utilizada para cometer el atentado mortal en las Ramblas. Driss O. aseguró al juez que su hermano Moussa, Mohamed H. y Younes A. le pidieron ayuda para hacer un traslado porque a ellos por la edad que tenían no se la alquilaban. Sin embargo, el juez considera que Driss O. no ha logrado explicar ni dar ningún detalle sobre el lugar en donde se iba a producir la citada mudanza, ni la vivienda en la que se iba a realizar, para lo cual se desplaza unos 100 kilómetros para efectuar el alquiler, acompañado de los que serían “el núcleo más duro” del grupo, Mohamed H. y Younes A. El magistrado hace constar las contradicciones y diferentes versiones ofrecidas por el detenido, que inicialmente manifestó que su hermano le había sustraído su documentación para alquilar el vehículo para cambiar posteriormente a la versión de que se trataba de hacer un favor a los amigos de su hermano.

En relación con Mohamed H.C, el juez hace constar que además de los indicios recabados para entender su activa participación en los hechos está la propia declaración prestada por el detenido, en la que reconoció buena parte de los mismos, como su integración en el grupo terrorista, con el objetivo de preparar artefactos explosivos con los que realizar los atentados terroristas contra la ciudadanía.

El juez concluye que concurren todos los requisitos para mantener la prisión de los dos detenidos por delitos que, de ser finalmente declarada la autoría de los recurrentes, podrían conllevar la pena de prisión permanente revisable, “la máxima que prevé nuestro ordenamiento jurídico penal”.