El TSXG confirma la condena por asesinato al hombre que mató a su novia en Lugo en 2016

El jurado popular consideró probado que el acusado mantuvo una actitud despectiva hacia la víctima, que tenía 24 años, durante la relación, "con insultos, aislándola de su familia y amigos y haciéndole objeto de continuos menosprecios"

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el hombre condenado a 25 años de cárcel por asesinar a su novia en Lugo en abril de 2016. La Audiencia Provincial de Lugo, en el fallo que ahora confirma el TSXG, también le impuso, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, otros dos años de privación de libertad por cometer un delito de violencia habitual en el ámbito familiar.

El jurado popular consideró probado que el acusado mantuvo una actitud despectiva hacia la víctima, que tenía 24 años, durante la relación, "con insultos, aislándola de su familia y amigos y haciéndole objeto de continuos menosprecios". Según los miembros del tribunal, asestó hasta 54 cuchilladas a la fallecida en el interior de su vehículo, "la mayor parte de ellas de escasa entidad, para de este modo aumentar intencionadamente el dolor de la víctima".

El TSXG argumenta en la sentencia, contra la que cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que los “reparos a la valoración indiciaria” efectuados en el recurso “o no resisten un análisis lógico o tropiezan con la valoración judicial que, además de ser lógica e imparcial, se ha de valorar con preferencia a la de parte”.

Sobre la alegación de que el Tribunal del Jurado haya podido ser obediente "con una valoración policial de conveniencia, auspiciada por el horror que causa un crimen sangriento, que conmueve, en casi todos los sentidos de la palabra (buenos y malos), a los ciudadanos”, el alto tribunal gallego subraya que “no parece sino una valoración interesada de contextos obvios que se han depurado en un ámbito sobradamente garantista”.

“A la vista está que la investigación policial y la de la médico forense han sido minuciosas, detalladas y atinentes al caso, de manera que la tacha de insuficientes o guiadas por un prejuicio en contra del reo no se sostienen como criterio general”, recalca el TSXG, quien sostiene que el condenado trató “inequívocamente de adoptar su versión de los hechos a conveniencia”.