La jueza del accidente del metro de Valencia cita a dos peritos para que ratifiquen sus informes

Instrucción 21 ya ha recibido el estudio de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria del que depende la citación de 6 exdirectivos investigados

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, que investiga el accidente de Metro en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, ha citado al subdirector técnico de Invassat, autor del informe encargado a este organismo después de que la Audiencia de Valencia ordenara reabrir el caso.

El documento sobre el que será interrogado el perito el próximo 20 de octubre, descarta infracción de la normativa de prevención de riesgos laborales, en coincidencia con los informes aportados por el inspector de Trabajo, quien también ha sido citado a declarar para ese mismo día.

Por otra parte, la jueza ya ha recibido el informe provisional de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria del que depende su decisión de tomar declaración a la exgerente de FGV, Marisa Gracia, y a otros cinco exresponsables de FGV investigados desde el pasado mes de julio: el exdirector de auditoría y seguridad en la explotación, el exdirector de operaciones, el exjefe de mantenimiento de instalaciones fijas, el exjefe de talleres de Valencia Sud y el exjefe de la Línea 1.

La jueza les imputó antes de recibir el citado informe para evitar la prescripción de los posibles delitos. No obstante, en resoluciones anteriores la instructora ya expuso que sólo serían llamados a declarar como imputados en el caso de que del contenido de dicho documento se desprenda que “nos encontramos ante unos hechos constitutivos de delito”.

Fue la Audiencia Provincial de Valencia, en la resolución que ordenó la reapertura del caso en julio de 2015, la que estableció la necesidad de realizar este informe pericial como paso previo a resolver sobre la imputación de los responsables de Ferrocarrils.

La instructora, en cumplimiento del mandato de la Audiencia, pidió a AESF la designación de dos peritos en noviembre de 2015; AESF respondió en febrero de 2016 y cinco días después la titular de Instrucción 21 les encargó el informe y los aspectos sobre los que éste tendría que versar: sobre la comparación entre las medidas de seguridad exigibles a la empresa conforme a la normativa aplicable y las que había en la fecha del accidente.

El documento encargado a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria no estará concluido hasta octubre, motivo por el que la magistrada requirió a los peritos que adelantaran a la primera quincena de septiembre la remisión al Juzgado de las conclusiones provisionales relativas a dos de los extremos que se investigan: si el cambio de las ventanas de los vagones incidió en el desprendimiento de las mismas y si el trazado de la curva en la que el convoy descarriló hacía necesaria la colocación de una baliza que controlase la velocidad del tren ante la existencia de un riesgo “no tolerable” técnicamente hablando.

La instructora decidió en julio tener a los exdirectivos como investigados con la cautela de que si del informe no se desprendían indicios de delito, la causa no se dirigirá contra ellos.

El otro informe, el requerido a Invassat tras la reapertura de las diligencias, descarta infracción alguna de la normativa de prevención de riesgos laborales, en coincidencia con los informes aportados por la Inspección de Trabajo.