El TSJ de Asturias reconoce la carrera profesional de los médicos interinos de larga duración

La Sala de lo Contencioso desestima el recurso presentado por el Servicio de Salud del gobierno regional y dice que no hay motivo para su discriminación respecto al personal fijo

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Asturias ha desestimado el el recurso de apelación interpuesto por la representación legal del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) contra el fallo del del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo que abría la posibilidad a que los medidos interinos de larga duración tuvieran la posibilidad de acceder al plus de la denominada carrera profesional de los funcionarios.

El TSJA considera en su sentencia, contra la que cabe recurso de casación, que la sentencia de instancia aplicó la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que había señalado previamente "que no hay motivo para discriminar al personal temporal de larga duración con el personal fijo en el acceso a la carrera profesional". Dicha discriminación no puede producirse, según la UE, cuando los parámetros a analizar (competencia y actividad profesional, compromiso con la mejora de la organización y desarrollo y transferencia del conocimiento) "son perfectamente alcanzables por los interinos y, por tanto, cualquier discriminación basada en el carácter temporal del vínculo contraviene la normativa comunitaria".

Tras esa primera sentencia de instancia en ese sentido, que ahora ha sido confirmada por el TSJA, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Oviedo dictó otra resolución por la que ampliaba el derecho a la carrera profesional a todo el colectivo de interinos que tuviera acreditados cinco años de servicios prestados.