El TSJ de Madrid dicta varias recomendaciones para mejorar la traducción en el proceso penal

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid aprobó una serie de recomendaciones para mejorar la traducción e interpretación en los procedimientos judiciales. El objetivo es evitar disfunciones en el proceso penal que pongan en riesgo las garantías fundamentales del derecho de defensa y la consecución de un juicio justo.

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha aprobado por unanimidad una serie de recomendaciones para mejorar la traducción e interpretación en los procedimientos judiciales con el objetivo de evitar disfunciones en el proceso penal que pongan en riesgo las garantías fundamentales del derecho de defensa y la consecución de un juicio justo.

El TSJ de Madrid decidió elaborar esta lista de sugerencias a raíz de una queja suscitada en los Juzgados de la capital, donde al parecer la empresa concesionaria del servicio no seleccionaba a las personas adecuadas para llevar a cabo la traducción de ciertas lenguas africanas.

Las prevenciones acordadas por la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid se elevaron al Pleno del Consejo General del Poder Judicial que, tras valorarlas positivamente, consideró que configuran un marco operativo más que acorde con los postulados que preconiza la Directiva europea 2010/64 relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales.

En líneas generales, el catálogo aprobado por la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid el pasado 16 de abril de 2012 contiene un total de nueve recomendaciones que pueden compendiarse del siguiente modo: favorecer que el intérprete disponga con suficiente información de la naturaleza y características del acto procesal en el que interviene; facilitar al acusado e inculpado los documentos esenciales a que la Directiva europea 2010/64 presta especial atención, es decir, cualquier resolución que le prive de libertad, el escrito de acusación y la sentencia o, siempre que no afecte a la equidad del proceso, la traducción o resumen oral de los mismos; exigir que la traducción e interpretación sea de calidad y, por último, dejar  constancia de la actuación del intérprete mediante grabación audiovisual, al objeto de poder comprobar con posterioridad la fidelidad y la calidad de la traducción, y así salvaguardar de la mejor manera posible la equidad en el proceso.

En documentos adjuntos se incluye las recomendaciones de la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid para la mejora de las traducciones e interpretaciones en los procesos judiciales.

También se adjunta el informe del Pleno del Consejo General del Poder Judicial por el que se aprueba el régimen jurídico aplicable a la interpretación y traducción de idiomas extranjeros en el proceso penal.

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