El CGPJ sigue las recomendaciones del Tribunal de Cuentas y no renovará la póliza colectiva de seguro de responsabilidad civil de los jueces

El Consejo subraya que, en el ámbito de la lealtad institucional, debe cumplimentar las recomendaciones del supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado. Se vuelve así a la situación existente hasta 2010, fecha hasta la que este riesgo era objeto de cobertura mediante la suscripción pólizas individuales por parte de los miembros de la carrera

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Comunicación Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial no suscribirá una nueva póliza colectiva de seguro de responsabilidad civil para los jueces y magistrados, siguiendo así las recomendaciones del informe de fiscalización correspondiente al ejercicio 2010 aprobado el pasado 24 de julio por el pleno del Tribunal de Cuentas y elevado a las Cortes Generales.

En dicho informe, y en relación con el expediente de contratación de una póliza colectiva de seguro de responsabilidad civil de la carrera judicial acordado por el pleno del CGPJ el 25 de febrero de 2010, se pone de manifiesto que la contratación de una póliza para cubrir riesgos vinculados a este tipo de responsabilidades puede entrar en conflicto con el principio de responsabilidad de los jueces y magistrados, consagrado con rango constitucional en el artículo 117.1 de la Constitución.

Posteriormente, en su comparecencia del pasado 28 de octubre en la Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, el presidente de este último órgano, Ramón Álvarez de Miranda, se refirió a la póliza de seguro de responsabilidad civil en los siguientes términos: “…  en muchas ocasiones y en diferentes ámbitos de la gestión pública hemos manifestado que pretender contratar seguros para hacer frente a posibles responsabilidades en el ámbito de la gestión que se desempeña, es un exceso que efectivamente no está justificado y el tribunal nunca los ha aceptado se hayan producido donde se hayan producido”.

“En ningún caso cabe cubrir mediante un pago público responsabilidades que lógicamente tienen que estar en el ámbito directamente aplicable a la gestión que se ejerce”, concluyó Álvarez de Miranda.

En un acuerdo adoptado hoy por unanimidad, y que será comunicado a la carrera judicial, la Comisión Permanente del CGPJ señala que, de conformidad con el artículo 136.1 de la Constitución, el Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público, dependiendo directamente y ejerciendo sus funciones por delegación de las Cortes Generales.

El acuerdo añade que el CGPJ, “en el ámbito de la lealtad institucional y del respeto a las competencias del resto de los órganos constitucionales del Estado, no puede sino cumplimentar las recomendaciones recogidas en el informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a la fiscalización de su ejercicio 2010, y entre ellas, la atinente a la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para jueces y magistrados”.

Se vuelve así a la situación existente hasta 2010, fecha hasta la que la responsabilidad civil de los jueces y magistrados venía siendo objeto de cobertura mediante la suscripción voluntaria por parte de los miembros de la carrera judicial de pólizas individuales de responsabilidad civil.

La vigencia de la póliza contratada en 2010, que fue objeto de prórroga por tres anualidades sucesivas, vencerá el próximo 31 de diciembre. 

* Se adjunta comparecencia del don Ramón Álvarez de Miranda, Presidente del Tribunal de Cuentas, publicado en el Diario de Sesiones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.