23 años de prisión para los autores del homicidio por atropello de la azafata de ‘Suárez-Barajas’

Los condenados, que son hermanos gemelos, arrollaron mortalmente a la joven cuando trataban de arrebatarle el Porsche Cayenne en las inmediaciones del aeropuerto

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un total de 23 años y tres meses de prisión a los dos hermanos que acabaron con la vida de una azafata de Iberia de cuarenta años de edad en las inmediaciones del aeropuerto ‘Adolfo Suárez – Madrid Barajas’ en septiembre de 2012.

Moisés L. C. y Aarón L. C., que son hermanos gemelos, han sido considerados culpables de un delito de homicidio, tres delitos de robo con violencia yun delito de lesiones por los hechos que comenzaron cuando, a la altura del número 416 de la avenida de la Albufera, a bordo de un vehículo Seat León, previamente sustraído, golpearon leve e intencionadamente contra la parte trasera del vehículo Porsche Cayenne  matrícula 9452 GMJ,  que conducía su propietaria Raquel M. C.  por las inmediaciones de la rotonda cercana a la Bolsa de Taxis y Parking 10 (P-10) de la Terminal 4 del Aeropuerto de Adolfo Suárez – Madrid Barajas, al que se dirigía la misma para comenzar su jornada de trabajo.

El referido impacto provocó que Raquel detuviera su vehículo unos metros más adelante,  en el margen derecho de la rotonda, donde bajó de su automóvil para comprobar los daños sufridos, deteniendo Moisés el vehículo SEAT León inmediatamente detrás del vehículo Porsche Cayenne cuya sustracción habían decidido de común acuerdo ejecutar ambos procesados.

Aarón salió al exterior y se colocó junto a la conductora entre ambos vehículos, mientras simulaba estar comprobando los daños que habían ocasionado al vehículo Porsche, momento en que al dirigirse hacia la puerta delantera izquierda del mismo para introducirse en su interior, se inició un fuerte y violento forcejeo entre ambos, al que inmediatamente se unió el procesado Moisés con la finalidad de ayudar a su hermano a vencer la firme resistencia que estaba oponiendo Raquel frente al pretendido apoderamiento de su vehículo.

En el curso del forcejeo ambos la tiraron al suelo aunque ella consiguió levantarse y continuar forcejando con ellos, y mientras Aaron trataba de introducirse en el interior del vehículo a través de la puerta del conductor, su hermano Moisés tiraba de la conductora para que no se lo impidiera.

Una vez que Aaron consiguió ocupar  el asiento del conductor del Porsche y cerrar la puerta, Raquel se aferró a esta última con la finalidad de seguir impidiendo a toda costa que se lo llevaran, mientras que Moisés,   consciente de la situación  de riesgo en que se encontraba la mujer  si  arrancaba el vehículo,  permaneció al lado para asegurarse de que Aaron iniciaba la marcha a bordo del mismo, momento en que Moisés se dirigió rápidamente al SEAT León para seguir a su hermano, que efectuó una  maniobra hacia el carril izquierdo de la rotonda en el que Raquel M. cayó a la calzada y fue atropellada por la rueda trasera izquierda de su propio vehículo sustraído, que le ocasionó un politraumatismo especialmente severo en hemitórax izquierdo con extrema hemorragia que provocó su muerte inmediata.

La sentencia establece que, aunque solamente uno de los hermanos conducía el vehículo, la jurisprudencia considera que “el previo concierto para llevar a término un delito de robo con violencia o intimidación que no excluya a priori todo riesgo para la vida o para la integridad corporal de las personas, responsabiliza a todos los partícipes directos del robo con cuya ocasión se causa una muerte o unas lesiones, aunque sólo alguno o algunos de ellos sean autores o ejecutores de semejantes resultados personales”.

Por todo lo expuesto, los magistrados condenan a los dos procesados por el delito consumado de homicidio que les atribuyen las acusaciones.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Penal de Tribunal Supremo en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la misma.