El juzgado declara también a Díaz Ferrán culpable de la quiebra de Viajes Crisol

El empresario y la herencia yacente de Gonzalo Pascual son condenados a cubrir el déficit patrimonial de esta filial del Grupo Marsans, y Posibilitum Business a satisfacer el 40 por 100 de manera solidaria

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid ha calificado como culpable el concurso de acreedores de la empresa Viajes Crisol, una filial del Grupo Marsans, y ha declarado como personas afectadas por esta calificación a Gerardo Díaz Ferrán, a la herencia yacente de Gonzalo Pascual Arias y a Posibilitum Bussines, en su condición de administradores de la empresa concursada, en sintonía con la conclusiones de los concursos de acreedores iniciados contra las otras dos filiales de este grupo, Rural Tours Viajes y Tiempo Libre, que se conocieron días atrás. 

La magistrada Ana María Gallego Sánchez, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 12, ha inhabilitado a Gerardo Díaz Ferrán y a Posibilitum Business SL para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona por un plazo de quince años y en la misma línea, ha condenado a Gerardo Díaz Ferrán, a la herencia yacente de Gonzalo Pascual Arias y a Posibilum Business a la pérdida de los derechos que pudieran tener como acreedores concursales de Viajes Crisol.

Además, condena conjunta y solidariamente a Gerardo Díaz Ferrán y a la herencia yacente de Gonzalo Pascual a cubrir en su integridad el déficit patrimonial de Viajes Crisol en aquella parte que no sea satisfecha en la liquidación de la empresa, incluyéndose en tal concepto el pasivo y los créditos contra la masa del concurso, de acuerdo con el informe definitivo de la administración concursal.

Y condena, por último, a Posibilitum Business, de forma conjunta y solidaria con Gerardo Díaz Ferrán y con la herencia yacente de Gonzalo Pascual, a cubrir el 40 por 100 del pasivo y la totalidad de los créditos contra la masa del concurso de Viajes Crisol, de acuerdo al informe definitivo de la administración concursal, en aquella parte que no sea satisfecha en la liquidación.  

Finalmente, la jueza impone expresamente a Viajes Crisol, a Gerardo Díaz Ferrán, a la herencia yacente de Gonzalo Pascual y a Posibilitum Business, las costas del procedimiento, y ordena que se libren mandamientos de la resolución, una vez alcance firmeza la presente sentencia, a todos los registros públicos, en particular el Registro Mercantil, el Registro de la Propiedad y el Registro Civil,  a fin de que tengan cumplido conocimiento de la misma. 

La cantidad final no podrá conocerse hasta saberse el resultado de las operaciones de liquidación, responsabilidad de la administración concursal.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días a contar desde la notificación.