Cómo funciona el TSJ Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña es la culminación del Poder Judicial en la comunidad autónoma. Se constituyó el 23 de mayo de 1989 como órgano integrante de la estructura judicial. Los Tribunales Superiores de Justicia surgen de la planta prevista en el artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Está integrado por tres Salas de Justicia:

  • Sala de lo Civil y Penal
  • Sala de lo Contencioso Administrativo
  • Sala de lo Social

Sala de lo Civil y Penal

En materia civil tiene las competencias de ver los recursos de casación y de revisión contra las resoluciones de órganos jurisdiccionales de Cataluña en materia de derecho civil catalán. Resuelve, como instancia única, las demandas de responsabilidad civil contra autoridades políticas y judiciales que están consideradas personas aforadas.

En materia penal conoce la instrucción y enjuiciamiento de las causas penales contra ciudadanos aforados y de la instrucción y fallo de las causas abiertas contra jueces, magistrados y miembros del Ministerio Fiscal por delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo, siempre que esta atribución no corresponda al Tribunal Supremo. También conoce los recursos de apelación contra las sentencias de Jurado dictadas por la Sala de Jurado de la Audiencia de Barcelona y de las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales penales con sede en la región que no tengan otro órgano superior común.

La Sala de lo Civil y Penal está presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Forman parte de esta Sala 5 magistrados.

Sala de lo Contencioso Administrativo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo es el órgano fiscalizador de las administraciones públicas en Cataluña. La Sala Contenciosa Administrativa ve como única instancia los recursos contenciosos contra actuaciones de la Administración que la ley no atribuye a ningún otro órgano de esta jurisdicción. Conoce de los recursos relativos a los actos de las entidades locales y autonómicas, de las apelaciones promovidas contra las resoluciones de los juzgados de lo Contencioso, de las cuestiones de competencia entre estos juzgados y de los recursos de casación para la unificación de doctrina o en interés de la Ley.

Está formada por un presidente y 25 magistrados en servicio activo, divididos en 5 secciones.

Sala de lo Social

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se encarga de los procesos que afectan a los intereses de los trabajadores y empresarios de ámbito superior a los juzgados de lo social. Entre sus competencias se encuentran también los recursos contra las resoluciones dictadas por los juzgados de lo Social y los juzgados de lo Mercantil en materia laboral o en incidentes concursales que afecten a los trabajadores, así como las cuestiones de competencia entre los juzgados de lo social de la región.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña está integrada por un presidente y 24 magistrados.

Sala de Gobierno

La Sala de Gobierno es el órgano de gobierno interno de los juzgados y tribunales de la región. Su objetivo principal es la organización del funcionamiento diario de los juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma.

La Sala de Gobierno está integrada por15 miembros y tiene carácter representativo, ya que la mitad de ellos son elegidos democráticamente por los jueces y magistrados de la Comunidad Autónoma.

El presidente de la Sala de Gobierno es el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Son miembros natos, además de él, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y de la Sala de lo Social, los presidentes de las Audiencias Provinciales y el secretario de la Sala de Gobierno. También forma parte el Juez Decano de Barcelona.

La Sala de Gobierno tiene amplias competencias para organizar el funcionamiento de los juzgados y tribunales bajo su responsabilidad. Entre sus funciones figuran:

  • Asegurar de que las plazas de jueces y magistrados titulares de dichos órganos judiciales se encuentren adecuadamente cubiertas.
  • Analizar las quejas que planteen los ciudadanos con relación a la administración de Justicia.
  • Revisar las sanciones que impongan los jueces a los intervinientes en los procesos judiciales.
  • Proponer al presidentes visitas de inspección.
  • Mantener relaciones institucionales con otras administraciones públicas en orden a mejorar el funcionamiento de la administración de Justicia.
  • Elaborar estudios y propuestas dirigidos al Consejo General del Poder Judicial.