El Tribunal Supremo rechaza anular la reforma energética solicitada por tres empresas del sector

Los autos señalan que podía poner en riesgo la estabilidad financiera del sistema eléctrico español. Ya son 350 los recursos admitidos a trámite por la Sala Tercera

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso-administrativo ha rechazado suspender de forma cautelar el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio,  por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos y la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones.

La Sección Tercera ha dictado los tres primeros autos rechazando acordar las medidas cautelares solicitadas por tres recurrentes. La suspensión generalizada de la Orden, según los autos, podía poner en riesgo la estabilidad financiera del sistema eléctrico español, incluso si se admitiera que su aplicación inmediata puede generar a las instalaciones afectadas un inmediato perjuicio económico para sus titulares cuyo eventual resarcimiento posterior sería posible en todo caso.

La Sala tampoco accede a la suspensión de forma cautelar de la Orden para categoría o tipologías de instalaciones singulares. De hacerlo, según los magistrados, también podría paralizarse de forma generalizada el nuevo régimen retributivo aplicable a las instalaciones de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha admitido a trámite 350 recursos contra el Real Decreto 413/2014 y la Orden IET/1045/2014.