El Supremo anula la multa de 200.000 euros que la CNC impuso a la Federación de Farmacéuticos

La Federación de Farmacéuticos dio en 2009 una "recomendación colectiva” a las farmacias con relación a unos laboratorios a raíz de una campaña publicitaria

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Comunicación Poder Judicial

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha anulado la multa de 200.000 euros impuesta en 2009 por la Comisión Nacional de la Competencia a la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles, por dar una "recomendación colectiva tendente a homogeneizar el comportamiento de las oficinas de farmacia frente a Laboratorios Davur, en el mercado de los medicamentos genéricos sometidos a prescripción médica y al sistema de precios de referencia". Dichos laboratorios habían hecho una campaña publicitaria -dirigida a los médicos-, anunciando los precios de sus genéricos por debajo de los precios de referencia, lo que motivó la contestación de la Federación en una carta a sus asociados, también publicada en medios especializados, donde señalaban, entre otras cosas, que "ante una prescripción por principio activo sometido a precio de referencia, el farmacéutico no tiene la obligación de dispensar el fármaco más barato del mercado en ese momento".

Según el Supremo, de ello no se desprende un criterio de actuación profesional respecto a los laboratorios de referencia, sino que lo que hacía la carta era recordar y esclarecer cual era el criterio legal existente en materia de dispensación de medicamentos genéricos, sin un "plus" de "recomendación" dirigida a promover o instar una determinada actitud en la actuación profesional que es la que advirtió la Comisión y después la Audiencia Nacional.

La sentencia cuenta con un voto particular firmado por dos magistrados que consideraban que debió confirmarse la multa por entender que la Federación si pretendió con su carta un boicot colectivo de las farmacias a los productos de esos laboratorios.