El juez decreta prisión para los tres marroquíes detenidos por formar parte de una red yihadista radical operativa en España

El juez señala en los autos que la red estaría “disponible tanto para cometer atentados terroristas como para cumplir con un extenso catálogo de actividades complementarias que igualmente sustentan la estrategia global de la organización terrorista denominada DAESH”

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Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha acordado el ingreso en prisión provisional comunicada e incondicional para los tres marroquíes detenidos el pasado martes en Madrid, quienes, según las investigaciones, "formarían parte de una red yihadista radical operativa en España y disponible tanto para cometer atentados terroristas como para cumplir con un extenso catálogo de actividades complementarias que igualmente sustentan la estrategia global de la organización terrorista denominada DAESH".

En tres autos, el juez acuerda esta medida respecto de Y.E.M., que ocuparía la parte de más alta del grupo, A.E. y W.O., por delitos de participación activa en organización terrorista (art 572.2 del Código Penal), que lleva aparejada pena de 6 a 12 años de prisión, o de realización de actividades de captación y adoctrinamiento para incitar a incorporarse a organización terrorista (art 577), que conlleva penas de 5 a 10 años de cárcel.

Respecto de Y.E.M., el magistrado señala que se ha podido determinar que ejerce una función de difusor de las consignas del DAESH a través de las redes sociales y habría influido en otro de los acusados, A.E., lo que habría llevado a este último a un proceso de radicalización “profundo”. A su vez, éste último habría transmitido las directrices y doctrina recibidas al tercero de los acusados, W.O.

En el auto referente a W.O., el titular del Juzgado Central de Instrucción 4 señala que su grado de radicalización es tal que "comienza a exteriorizar su deseo de liberación espiritual, solamente alcanzable a través de conceptos divinos que desprecian el mundo real e idealizan la muerte y el paraíso que tras ella se halla". "Su deseo exteriorizado en varias ocasiones pasa necesariamente por el combate y la aniquilación de todas aquellas personas que considera infieles por no cumplir la voluntad divina o ser enemigos del Islam", sostiene la resolución.

Durante su proceso de adoctrinamiento, continúa el auto, W.O. y Y.E.M. habrían fomentado su aislamiento y alejamiento del mundo exterior, el odio acérrimo contra los enemigos del Islam y su voluntad de, amparado en la Apocalipsis Divina, pasar al combate del lado de los mujahidines.

"Tras este proceso -dice el juez- A.E. y W.O., desde el pasado 18 de octubre, habrían aceptado como real una espiral apocalíptica que va a justificar según ellos mismos manifiestan de forma clara, expresa e inequívoca la comisión de acciones contra la vida de otras personas".

Entre las actividades desplegadas por W.O., el auto menciona la de informar a su controlador, A.E., de la existencia de un centro de practicantes de la rama sufí del Islam justo debajo de su domicilio, en la calle Mantuano de Madrid, a los que "considera infieles y enemigos de la religión".