El juez Santiago Pedraz no embargará los bienes de Oleguer Pujol

El juez de la Audiencia Nacional explica que antes de adoptar esta medida debe darse traslado a Oleguer Pujol "para que pueda alegar lo que a su derecho convenga" en el plazo de cinco días

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Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz no acuerda, por el momento, la medida solicitada por la Fiscalía Anticorrupción por la que solicitaba el embargo de la cantidad proporcional al 6,23% respecto del total del dinero procedente de la venta del inmueble situado en la calle Gran Via 32 de Madrid correspondiente a la participación que Oleguer Pujol tiene en "Drago Real Estate Partners Limited".

En una providencia, Pedraz explica que previa a la adopción de dicha medida debe darse traslado a Oleguer Pujol "para que pueda alegar lo que a su derecho convenga" en el plazo de cinco días, sin perjuicio de su derecho a prestar declaración en el juzgado "en cualquier momento".

El magistrado argumenta que "no consta la efectiva venta del inmueble como la posición exacta del Sr. Pujol como partícipe en 'Drago Real Estate Partners', además de que en aras al derecho de defensa no puede acordarse inaudita parte una medida cautelar como la solicitada, máxime si no se califica como de carácter urgente". Además, dice no consta el informe solicitado a la UDEF el pasado 5 de marzo y que "permitiría en su caso avalar tal medida cautelar".

Respecto a la petición de la Fiscalía por la que se interesa que se oficie de nuevo a la AEAT para que aporten la información y documentación que posean respecto de "Drago Capital SL" y Luis Iglesias, el magistrado lo rechaza "en tanto no conste dicho informe y a fin de evitar una investigación prospectiva", sin perjuicio de que la AEAT acuerde remitir las actuaciones existentes, o bien a raíz del citado informe "se estime preciso completarlo con las mismas".